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31 octubre, 2005

Monarquía y derechos humanos

O por qué tenemos un gobierno que incumple la Declaración Universal de Derechos Humanos. Sólo un breve apunte de algunos artículos:
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

[Iguales, y no con derechos adquiridos por nacimiento]

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

[Y no discriminando a las mujeres por razones de sexo, como hace nuestra intocable -hasta ahora- Constitución con el sucesor monárquico]

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

[Y por tanto, los Reyes y su prole no deberían gozar de esa condición jurídica tan especial]


Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

[Y, en ningún caso, son ellos la ley]

Artículo 21
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

[Y no vetado por condiciones genealógicas]

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

[Y no impuesto por un dictador, sin previa consulta al pueblo]

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.


Debemos tener un porcentaje de lo más alto... conseguimos incumplir 5 de los 30 artículos de los que consta esta Declaración. Nada menos que el 17,67%. Algunas dictaduras africanas terminarían aplaudiéndonos.

[Como diría Chema, los subrayados son míos. Y las acotaciones entre corchetes, claro]