07 marzo, 2007

Sobre De Juana Chaos

Todos estamos de acuerdo con que este tipo es un cabrón, un asesino, un terrorista, un inmoral, y un largo etcétera de epítetos que podrían colgársele sin que a nadie se le cayera la cara de vergüenza. Cometió varios atentados durante los años 80, con el resultado de 25 personas muertas. Una atrocidad, una barbaridad, por la que debería estar pudriéndose en la cárcel el resto de sus días.

Pero, por suerte, estamos en un país que goza de un estado de derecho que me atrevo de calificar como el mejor que se ha vivido en la historia española. Y el estado no puede, en ningún caso y bajo ningún concepto, ponerse a la altura de un grupo terrorista, por lo que es del todo inadmisible el incumplimiento por su parte del Código Penal. De Juana Chaos fue juzgado en su momento por el Código Penal del año 1973, el vigente en España, y que, en palabras sencillas puesto que no soy jurista, contemplaba cosas como tener una sola sentencia, en vez de una por crimen, o la reducción de pena por diversos actos. A pesar de que en el año 1995 se publicó el nuevo Código Penal, sobre De Juana prevaleció la sentencia basada en el anterior, porque la nueva publicación no tuvo carácter retroactivo.

El que fuera así supone que ningún gobierno puede actuar al margen de la legalidad vigente ni pedir, intentar, imponer un nuevo juicio sobre De Juana Chaos ni sobre ningún otro criminal para aplicar una ley más dura. Que De Juana Chaos iba a salir de la cárcel con 18 años cumplidos era algo conocido. No había más que hacer unos cuantos números con el Código Penal del 73 en una mano y una calculadora en la otra. Entonces, por favor, no nos echemos las manos a la cabeza. O, al menos, que no se las echen los políticos.

En un acto de desesperación, le juzgaron por un delito de amenazas para mantenerlo en la cárcel unos años más. Pero, seamos serios, en un país que presume de estado de derecho maduro y firme, no se puede tener a nadie en la cárcel 12 años por eso. Dudo mucho que haya precedentes en la historia jurídica española, y no estaría de mal recordar que el sistema jurídico español está basado en la redención y reinserción de los convictos una vez cumplida la pena, y no en la venganza; por lo tanto, aunque el delito de amenazas fuera con el agravente de reincidencia, no dejaba de ser eso, una sentencia por amenazas, y no, como se pretendía desde algunos sectores de la sociedad, una nueva sentencia por sus atentados.

La huelga de hambre que emprendió a raiz de esta condena, por considerarla excesiva, es lo que ha provocado, ahora que el Tribunal Supremo ha juzgado que la condena era excesiva, su traslado a un hospital primero (el Doce de Octubre, en Madrid) y la concesión del segundo grado por motivos de salud. Esta concesión no es en ningún caso algo ilegal, sino que está previsto en los supuestos de la legislación vigente, y, además, fue una decisión tomada por la Audiencia Nacional.

En mi opinión cualquier persona razonable que conociera un mínimo el estado de derecho que tenemos en España, aquello que nos contaban en el colegio de la separación de poderes, debería tener claro que hay que dejar a los jueces hacer su trabajo, que para eso están. Evidentemente, nos son poderes completamente separados, pero la clase política en general (el poder ejecutivo) debería tener MUY claro que no debe intentar influir en absoluto en las funciones del poder judicial.

Con todo, la excarcelación de De Juana Chaos es importante únicamente en cuanto a que se ha convertido en un asunto mediático, y un arma arrojadiza de la oposición tan sumamente agresiva y descerabrada que lleva realizando el PP desde que perdió las elecciones de 2004. El viernes pasado lo plasmaba muy bien Ricardo en El Mundo:
2007-03-02 Ricardo - Elmundo

8 comentarios:

Scout Finch dijo...

¡Qué buen análisis de la situación, Marta! Creo que se puede decir más alto pero no más claro. El problema es que algunos aprovechan cualquier oportunidad para manipular, embaucar y engañar.

De todas maneras, creo que este tema nos toca mucho la fibra moral, porque es horrible pensar que este tío va a estar en la calle dentro de nada, que se va a cruzar con los familiares de sus víctimas, que le han salido muy baratos sus asesinatos...

rfm dijo...

como yo sí que soy jurista me permito corregir una cosa que, además, va en el sentido de tu artículo: a de juana, frente a la confusión a la que han inducido muchos medios, no se le ha concedido el segundo grado.

el segundo grado es el régimen penitenciario ordinario, es decir, aquel del que gozan todos los que no estén en régimen cerrado, que se corresponde con el primer grado (delincuentes peligrosos -tipo mafiosos que se cargan a gente en la cárcel y cosas así) o en régimen abierto o tercer grado(semilibertad consistente en ir a la prisión únicamente a dormir).

el segundo grado no se "concede", es lo que marca la ley por defecto, salvo la concurrencia de circunstancias especiales que indiquen la clasificación del preso en alguno de los dos regímenes antes descritos.

saludos

Eleder dijo...

Aparte de algunos pequeños matices, y sintiéndolo enormemente por algunos amigos a los que esto no sentará bien... estoy totalmente de acuerdo con tu planteamiento.

Níniel Nielisse dijo...

Scout, gracias. Para mí está todo meridianamente claro, y no puede entender la lógica de los que piensan que no lo están. Que duele, está claro, a mí tb me jode que salga un asesino a la calle, pero...

rfm, gracias por la correción. No he estudiado nunca más leyes que la de Aguas, la de Contratos, y otras inherentes a la ingeniería de caminos, así que tengo poca idea de temas penales.

Eleder, como le decía a Scout, para mí es un tema bastante claro, al menos en sus líneas generales. Matices hay siempre, creo yo, y es imposible estar al 100% de acuerdo. Eso sí, yo tb conozco a gente que le dolería mi postura, pero es lo que hay.

rfm dijo...

perdón por ponerme pesado, pero quería hacer una nueva corrección, por un error al que también han inducido determinados medios de comunicación: a de juana chaos no se le ha excarcelado, como se sostiene estos días.

he tenido la desconsideración en el atnerior párrafo y en el anterior post de hacer únicamente referencia a dos pequeñas críticas sin felicitarte por tu entrada y por tu blog en general. aprovecho para hacerlo ahora.

saludos

Rubén dijo...

Hola, siento llegar tan tarde, pero no suelo leer el blog a
menudo. Hay un par de cosas que querría comentar.

El 27 de octubre de 2006 comenzó el juicio en la Audiencia
Nacional por el delito de amenazas terroristas al que se hacía referencia en el blog. El 6 de Noviembre se hizo pública la sentencia que condenaba a De Juana Chaos a 12 años y 7 meses de prisión. El día anterior, conociendo
cual sería la sentencia, inició la huelga de hambre. Poco después fue trasladado al hospital y se le empezó a alimentar a la fuerza.

El 25 de Enero la Audiencia Nacional decidió que pese al
deterioro físico motivado por la huelga de hambre, siguiese en prisión, ya que el deterioro físico era voluntario.

Luego en Febrero fue todo el asunto de las fotos preparadas y
la entrevista con el Times, que dio la vuelta al mundo y provocó
tanto revuelo.

El 12 de Febrero el Tribunal Supremo rebajó la condena a 3 años,
aunque De Juana dijo que no dejaría la huelga de hambre hasta
estar en libertad.

Y ya en Marzo, a falta de un año de condena por cumplir se le
concedió la prisión atenuada, que es un tipo de prisión que se
suele conceder a los presos cuya salud corre peligro por estar
en prisión o que están gravemente enfermos. Esta prisión atenuada se
ha concedido antes, pero nunca a nadie que llevaba a cabo una huelga de hambre. Un preso del GRAPO murió en prisión durante una huelga de hambre en 1990 o así, pero no conozco los detalles.

El ministro del interior afirmó que tomó la decisión de manera personal “por razones legales y humanitarias” y atendiendo a su grave estado de salud tras 114 días de huelga de hambre. Posteriormente el presidente del gobierno afirmó lo mismo. Y días más tarde De Juana dejó la huelga de hambre, aunque técnicamente sigue cumpliendo el año de condena que le queda.

De modo que no se le ha concedido la prisión atenuada porque
toca, ni porque la ley lo indica ni porque sea un procedimiento
automático. Se le ha concedido de acuerdo a la ley y siguiendo
los mecanismos legales. Pero la iniciativa de concedérsela parte del Gobierno y tiene una motivación política. No tenían porque concedérsela. La influencia que la huelga de hambre y el proceso de negociación con ETA han podido tener en esta decisión es otro tema, así como el posible coste político para el Gobierno de que muriera en la cárcel, los réditos electorales que la oposición cree poder obtener por una medida tan impopular, todo el ruido mediático a favor y en contra, manifestaciones, editoriales, etc.

Níniel Nielisse dijo...

rfm, gracias por la aclaración y por la felicitación :)

Vorbalin, ¿el preso del GRAPO estaba en la cárcel por un delito menor? Lo dudo mucho, en los 90 seguro que estaba en la cárcel por un delito de sangre [aunque no lo he confirmado]. No sería comparable, evidentemente. Vuelvo a recordar que De Juana Chaos ya ha cumplido su condena por los 25 asesinatos, y por tanto, no debemos seguir juzgándole por aquello.

Eleder dijo...

Vorbalin, el problema en este caso es que la sentencia por la que fue condenado cumple también las mismas características que señalas: le recayó conforme a la ley y a los mecanismos legales, pero tuvo una motivación política, para evitar el coste político de soltar a un asesino como él tan cerca de las elecciones. Recordemos lo de "si es necesario inventaremos causas para impedir que salga a la calle". De esos barros vienen estos lodos, me temo.